Habeas Data
Análisis de la ley 25.326
Datos personales: los datos personales son: Toda información relativa a la vida privada de las personas. Toda persona que demuestre su identidad tiene derecho a saber si se está procesando información que le concierne, a solicitar una indagatoria y a conseguir una reproducción inteligible de ella sin demora, a obtener las rectificaciones o supresiones que correspondan cuando los registros sean ilícitos, injustificados o inexactos, y a conocer los destinatarios cuando esta información sea transmitida, permitiéndole conocer las razones que motivaron su pedimento, en los términos de esta Ley.
Datos sensibles: Son los datos personales que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o la vida sexual.
Derecho de acceso: La solicitud no requiere de fórmulas específicas, siempre que garantice la identificación del titular. Se puede efectuar de manera directa, presentándose el interesado ante el responsable o usuario del archivo, registro, bases o bancos de datos, o de manera indirecta, a través de la intimación fehaciente por medio escrito que deje constancia de recepción. También pueden ser utilizados otros servicios de acceso directos o semi directos como los medios electrónicos, las líneas telefónicas, la recepción del reclamo en pantalla u otro medio idóneo a tal fin. En cada supuesto, se podrán ofrecer preferencias de medios para conocer la respuesta requerida. Vencido el plazo de 10 días sin que se satisfaga el pedido, o si evacuado el informe, éste se estimara insuficiente, quedará expedita la acción de protección de los datos personales o de hábeas data prevista en esta ley.
Rectificación: La rectificación de datos personales se deberá solicitar por escrito
Dirigido al Ente Público que el interesado considere que está procesando
Información de su persona.
El escrito por el que se solicite la rectificación de datos personales
Deberá contener:
I. Nombre del Ente Público a quien se dirija;
II. Nombre completo, datos generales e identificación oficial o documento oficial
Del solicitante;
III. La mención de los datos correctos y en todo caso los que deben suprimirse por
no ser ciertos o por no ser obligatorio proporcionarlos por así disponerlo el Artículo
29 de esta Ley; y
IV. El lugar o medio señalado para recibir la información o notificaciones
Una vez que el Ente Público haya recibido el escrito por el que se
solicite la corrección de datos personales, deberá proceder a sustituir o suprimir
los que procedan.
El plazo para contestar el informe no podrá ser mayor de cinco días hábiles
Obligatoriedad de Inscripcion en el Registro Nacional de Base de Datos
En caso de incumplimiento, las multas pueden llegar a $100 mil. La base que no sea inscrispta se considerará ilícita, según el artículo 3° de la ley 25.326 y podría ser clausurada.
La misma norma establece en el art. 21 que "todo archivo, registro, base o banco de datos" deberá inscribirse en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales. Es decir que la obligatoriedad de la inscripción alcanza a todos los titulares de las bases de datos que excedan el uso exclusivamente personal. Dicha ley prevé además un tratamiento de protección especial para los llamados datos sensibles, y previsiones especiales para los datos crediticios y aquellos recabados con fines publicitarios.
Acción de protección de los datos personales
La acción de protección de los datos personales o de habeas data prodecera:
a) para tomar conocimiento de los datos personales almacenados en archivos, registros o bancos públicos o privados a proporcionar informes, y de la finalidad de aquellos;
b) en los casos en que se presuma la falsedad, inexactitud, desactualizacion de la información de que se trata, o el tratamiento de datos cuyo registro se encuentra prohibido en la presente ley, para exigir su rectificación, supresión, confidencialidad o actualización.
Legitimación activa:
La acción de Habeas Data podrá ser ejercida por el afectado, sus tutores o curadores y los sucesores de las personas físicas, sean en línea directa o colateral hasta el segundo grado.
Tratándose de personas ideales la acción deberá ser interpuesta por sus representantes legales.
Competencia: Será competente para entender en esta acción el juez del domicilio del actor; el del domicilio del demandado; el del lugar en el que el hecho o acto se exteriorice o pudiera tener efecto, a elección del actor.
Requisitos de la demanda:
1) La demanda deberá interponerse por escrito, individualizando con la mayor precisión posible el nombre y domicilio del archivo, registro o banco de datos y, en su caso, el nombre del responsable o usuario del mismo.
2) El accionante deberá alegar las razones por las cuales entiende que en el archivo, registro o banco de datos individualizado obra información referida a su persona; los motivos por los cuales considera que la información que le atañe resulta discriminatoria, falsa o inexacta y justificar que se han cumplido los recaudos que hacen al ejercicio de los derechos que le reconoce la presente ley.
3) El afectado podrá solicitar que mientras dure el procedimiento, el registro o banco de datos asiente que la información cuestionada está sometida e un proceso judicial.
4) El juez podrá disponer el bloqueo provisional del archivo en lo referente al dato personal motivo del juicio cuando sea manifiesto el carácter discriminatorio, falso o inexacto de la información de que se trate.
5) A los efectos de requerir información al archivo, registro o banco de datos involucrado, el criterio judicial de apreciación de las circunstancias requeridas en los puntos 1 y 2 debe ser amplio.
Confidencialidad de la información:
Los registros, archivos o bancos de datos privados no podrán alegar la confidencialidad de la información que se les requiere salvo el caso en que se afecten las fuentes de información periodística.
Ampliación de la demanda:
Contestado el informe, el actor podrá, en el termino de tres días, ampliar el objeto de la demanda solicitando la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de sus datos personales, en los casos que resulte procedente a tenor de la presente ley, ofreciendo en el mismo acto la prueba pertinente. De esta presentación se dará traslado al demandado por el termino de 3 días.